Artículo 45Suspensión del artículo 1° del Decreto 493/2004
Texto oficial
Mantiénese durante el Ejercicio 2021 la suspensión
dispuesta en el artículo 1° del decreto 493 del 20 de abril de 2004.
Qué significa en la práctica
Mantiene durante 2021 la suspensión dispuesta por el artículo 1° del Decreto 493/2004. El artículo no describe su contenido: se limita a prorrogar una suspensión que viene arrastrándose de ejercicios anteriores.