Artículo 56Transferencias a las cajas previsionales provinciales
Texto oficial
Establécese, como crédito presupuestario para
transferencias a cajas
previsionales provinciales de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS), la suma de PESOS SESENTA MIL QUINIENTOS
SESENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS MIL ($ 60.564.700.000), para
financiar gastos corrientes dentro del Programa Transferencias y
Contribuciones a la Seguridad Social y Organismos Descentralizados,
Grupo 07, Transferencias a Cajas Previsionales Provinciales. (Párrafo sustituido por art. 9° del Decreto
N° 809/2021 B.O. 26/11/2021)
La ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES)
transferirá
mensualmente a las provincias que no transfirieron sus regímenes
previsionales al ESTADO NACIONAL, en concepto de anticipo a cuenta, del
resultado definitivo del sistema previsional provincial, el equivalente
a una doceava parte del último monto total del déficit –provisorio o
definitivo– determinado de acuerdo con el decreto 730 del 8 de agosto
de 2018 y sus normas complementarias y/o modificatorias. La
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) será la
encargada de determinar los montos totales a transferir a cada
provincia.
Qué significa en la práctica
Fija en $ 60.564.700.000 el crédito de la ANSES para transferencias a las cajas previsionales provinciales (primer párrafo, según el texto sustituido por el artículo 9° del Decreto 809/2021). Y establece el mecanismo: la ANSES gira mensualmente, a las provincias que no transfirieron sus regímenes previsionales a la Nación, un anticipo a cuenta del resultado definitivo de su sistema previsional, equivalente a una doceava parte del último déficit -provisorio o definitivo- determinado según el Decreto 730/2018. La ANSES es la que determina los montos a transferir a cada provincia.