Ley 27.591

Artículo 84Asignación especial a la provincia de La Rioja

Texto oficial

Establécese para el Ejercicio 2021 una asignación de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 12.500.000.000) a favor de la Provincia de La Rioja, y de PESOS QUINIENTOS MILLONES ($ 500.000.000) a favor de los municipios de la mencionada provincia. De este último monto la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000) se destinará a la ciudad de La Rioja y el monto restante se distribuirá entre el resto de los municipios de la provincia de acuerdo al siguiente criterio: a) SESENTA POR CIENTO (60%) conforme al índice de necesidades básicas insatisfechas; b) CUARENTA POR CIENTO (40%) de acuerdo a la población. Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a este artículo. Dispónese que el CIEN POR CIENTO (100%) de las sumas mencionadas en el primer párrafo serán transferidas en DOCE (12) cuotas mensuales y equivalentes.

Qué significa en la práctica

Asigna para 2021 $ 12.500.000.000 a la provincia de La Rioja y $ 500.000.000 a sus municipios. De ese último monto, $ 250.000.000 van a la ciudad de La Rioja y el resto se reparte entre los demás municipios: 60% según el índice de necesidades básicas insatisfechas y 40% según la población. El 100% de la asignación a la provincia se transfiere en doce cuotas mensuales iguales. Faculta al Jefe de Gabinete a hacer las modificaciones presupuestarias necesarias.

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