Establécense para el Ejercicio 2021 las asignaciones que
se detallan en la planilla anexa al presente artículo. El Jefe de
Gabinete de Ministros al momento de dar cumplimiento con lo dispuesto
en el artículo 5° de la presente ley, deberá realizar las
reasignaciones correspondientes para incorporar al presupuesto las
asignaciones dispuestas.
Qué significa en la práctica
Establece para 2021 las asignaciones detalladas en la planilla anexa al artículo, y obliga al Jefe de Gabinete a hacer las reasignaciones necesarias para incorporarlas al presupuesto cuando dicte la decisión administrativa de distribución del artículo 5°. En la práctica es el artículo por el que entran al presupuesto las partidas que agregó el Congreso durante el debate; los montos concretos están en la planilla, no en el articulado.