Ley 27.591

Artículo 88Asignaciones de la planilla anexa

Texto oficial

Establécense para el Ejercicio 2021 las asignaciones que se detallan en la planilla anexa al presente artículo. El Jefe de Gabinete de Ministros al momento de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 5° de la presente ley, deberá realizar las reasignaciones correspondientes para incorporar al presupuesto las asignaciones dispuestas.

Qué significa en la práctica

Establece para 2021 las asignaciones detalladas en la planilla anexa al artículo, y obliga al Jefe de Gabinete a hacer las reasignaciones necesarias para incorporarlas al presupuesto cuando dicte la decisión administrativa de distribución del artículo 5°. En la práctica es el artículo por el que entran al presupuesto las partidas que agregó el Congreso durante el debate; los montos concretos están en la planilla, no en el articulado.

Normas relacionadas

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