Ley 27.617

Artículo 11Zona patagónica: incremento del 22%

Texto oficial

Manténganse vigentes las disposiciones previstas en el tercer párrafo del Art. 30 — Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, referidas al incremento de las deducciones personales computables, en un veintidós por ciento (22%), cuando se trate de empleados en que trabajen y jubilados que vivan en las provincias y, en su caso, partido, a que hace mención el Art. 1 — Ley 23.272 y sus modificaciones.

Qué significa en la práctica

Mantiene vigente el incremento del 22% de las deducciones personales computables para los empleados en y jubilados que vivan en las provincias y el partido que menciona el Art. 1 — Ley 23.272 (la zona patagónica y el partido de Patagones).

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