Ley 27.617

Artículo 2Exención de los suplementos particulares del personal militar (artículo 26, inciso y)

Texto oficial

Incorpórase como inciso y) del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, el siguiente: y) El que perciban los trabajadores en en concepto de suplementos particulares, indicados en el Art. 57 — Ley 19.101, correspondientes al personal en actividad militar.

Qué significa en la práctica

Exime los suplementos particulares del Art. 57 — Ley 19.101 que perciba el personal en actividad militar.

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