Ley 27.701

Artículo 25Cupo anual del artículo 3 de otra ley

Texto oficial

Fíjase para el Ejercicio 2023 el cupo anual al que se refiere el Art. 3 — Credito Fiscal para Capacitacion en la suma de pesos dos mil trescientos noventa millones ($ 2.390.000.000), de acuerdo con el siguiente detalle: a) Pesos mil quinientos millones ($ 1.500.000.000) para el Instituto Nacional de Educación Tecnológica, organismo desconcentrado actuante en el ámbito del Ministerio de Educación; b) Pesos cuatrocientos noventa millones ($ 490.000.000) para la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo dependiente del Ministerio de Economía; c) Pesos cuatrocientos millones ($ 400.000.000) para el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para atender acciones de capacitación laboral.

Qué significa en la práctica

Fija para el ejercicio 2023 el cupo anual al que se refiere el artículo 3 de la ley que se cita.

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