Ley 27.701

Artículo 56Operaciones no alcanzadas por el IVA

Texto oficial

No están alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones, las ventas de gas natural importado que Energía Argentina (CUIT 30-70909972-4) realice a Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CUIT 30-65537309-4), con destino al abastecimiento del mercado de generación eléctrica.

Qué significa en la práctica

Establece que las operaciones que la ley identifica no están alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado.

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