Artículo 40Exclusión de familiares de funcionarios
Texto oficial
Familiares de funcionarios públicos. Quedan excluidos de
las disposiciones del Régimen de Regularización de Activos los cónyuges
y convivientes y los ascendientes y descendientes en primer y segundo
grado, por consanguinidad o afinidad, y colaterales en segundo grado
por consanguinidad o afinidad de los sujetos alcanzados en los incisos
a) al w) del artículo 39.
Quedan también comprendidos los ex cónyuges y ex convivientes de los
sujetos alcanzados en los incisos a) al w) del artículo 39 que hubieran
sido cónyuges o convivientes durante el plazo fijado en dicho artículo.
Qué significa en la práctica
Excluye del régimen a los familiares directos de los funcionarios públicos alcanzados.