Ley 27.743

Artículo 66Entrada en vigor (arts. 63 a 65)

Texto oficial

Entrada en vigor. Las disposiciones de los artículos 63, 64 y 65 entrarán en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos según lo indicado en cada uno de esos artículos.

Qué significa en la práctica

Establece la entrada en vigor de las modificaciones a Bienes Personales de los Art. 63, 64 y 65.

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