Los pequeños contribuyentes que hubieran quedado
excluidos de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños
Contribuyentes desde el 1° de enero de 2024 por aplicación de los
parámetros existentes con anterioridad a la fecha de entrada en
vigencia de la presente ley, podrán volver a adherirse, por única vez,
sin tener que aguardar el plazo previsto en el Art. 19 — Ley de Monotributo y sus modificaciones, en la medida que reúnan los
requisitos subjetivos y objetivos exigidos por la normativa vigente. La
Administración Federal de Ingresos Públicos establecerá las
modalidades, plazos y condiciones para efectuar dicha adhesión.
Qué significa en la práctica
Permite el reingreso al Monotributo de pequeños contribuyentes que hubieran quedado excluidos.