Ley 27.802
Dos gremios se disputan la representación del personal de logística de una empresa. Primero debe pronunciarse la organización de grado superior; si en sesenta días hábiles no hay solución, cualquiera de los dos lleva el caso a la autoridad administrativa, que ahora tiene veinte días hábiles para resolver. Lo que se resuelva se apela directamente ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.