Artículo 3Norma más favorable al trabajador — se suprime el in dubio pro operario (artículo 9 de la Ley de Contrato de Trabajo)
Texto oficial
Sustitúyese el artículo 9° de la Ley de de
Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 9°: El principio de la norma más favorable para el trabajador.
En caso de duda sobre la aplicación de normas legales o convencionales
prevalecerá la más favorable al trabajador, considerándose el criterio
de agrupamiento por instituciones, es decir, el conjunto de normas que
rija cada una de las instituciones en el derecho del trabajo.
Qué significa en la práctica
Reescribe el Art. 9 — Ley de Contrato de Trabajo. Se conserva la regla de la norma más favorable: ante la duda sobre qué norma legal o convencional aplicar, prevalece la que beneficia al trabajador, comparando por instituciones, es decir tomando el conjunto de normas que rige cada instituto y no cláusula por cláusula. Lo que se suprime es el segundo párrafo del texto anterior, que obligaba a los jueces y a quienes aplican la ley a decidir a favor del trabajador cuando la duda recaía sobre la interpretación o el alcance de la ley y sobre la apreciación de la prueba en casos concretos. En síntesis: la duda sobre qué norma se aplica se sigue resolviendo a favor del trabajador; la duda sobre la interpretación y sobre los hechos probados, ya no.
Ejemplo práctico
La ley fija un preaviso de 15 días y el convenio colectivo de la actividad fija 30: se aplica el convenio, porque el régimen completo de preaviso resulta más favorable
Efectos prácticos
•Si el convenio colectivo otorga más derechos que la ley se aplica el convenio, comparando el conjunto de normas de cada institución y no cláusula por cláusula
•Deja de regir la regla que obligaba a decidir a favor del trabajador ante la duda sobre la interpretación o el alcance de la ley
•Deja de regir la regla que obligaba a decidir a favor del trabajador ante la duda en la apreciación de la prueba
•El criterio de comparación es por institución: preaviso con preaviso, vacaciones con vacaciones, indemnización con indemnización