Ley 27.802
Artículo 77Autoridades de aplicación del FAL — Secretaría de Trabajo, ARCA, CNV, Ministerio de Economía
Texto oficial
Autoridades de Aplicación. Vigencia. La Secretaría de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social dependiente del Ministerio de
Capital Humano, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA),
organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de
Economía, la Comisión Nacional de Valores, organismo descentralizado
actuante en la órbita del Ministerio de Economía y la Secretaría de
Finanzas del Ministerio de Economía, en el marco de sus respectivas
competencias, serán los organismos responsables de dictar las normas
complementarias y velar por el funcionamiento y cumplimiento del
presente régimen, como de establecer los procedimientos de control y
auditoría, incluyendo el efectivo pago de las contribuciones a los
fondos, el mecanismo de cobro y destino de los montos correspondientes
a sanciones, la correcta afectación de los recursos a los fines
exclusivamente previstos en la presente ley y el correcto
funcionamiento y cumplimiento de los deberes de las entidades
habilitadas a administrar los fondos. El presente régimen entrará en
vigencia a partir del 1° de junio de 2026, fecha que podrá ser
prorrogada por el Poder Ejecutivo nacional, por el plazo máximo de seis
(6) meses, junto con el dictado de la reglamentación y normas de
instrumentación pertinentes.