Artículo 90Transferencia de la Justicia Nacional del Trabajo a CABA — aprobación del acuerdo
Texto oficial
Aprobación del Acuerdo de Transferencia de la función
judicial en materia laboral. Apruébese el “Acuerdo de Transferencia de
la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la
Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, celebrado
entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires el 9 de febrero de 2026, cuyo texto se adjunta en copia como
Anexo I y forma parte integrante del presente artículo.
Deróguese toda norma que se oponga a lo dispuesto en el Acuerdo que por
el presente artículo se aprueba y encomiéndase al Poder Ejecutivo
nacional a dictar los textos ordenados de aquellas normas que precisen
ser adecuadas en virtud de lo establecido en el Acuerdo.
Qué significa en la práctica
Se aprueba el acuerdo entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para transferir la Justicia Nacional del Trabajo al laboral de la CABA. Es el marco legal de la "judicialización porteña" del laboral nacional.
Efectos prácticos
•La Justicia Nacional del Trabajo pasará progresivamente al fuero laboral de CABA
•Los juicios laborales en CABA eventualmente tramitarán ante el fuero de CABA, no el nacional