Ley 5.965

Artículo 46Acción directa y de regreso

Texto oficial

La acción cambiaria es directa o de regreso; directa contra el aceptante y sus avalistas; de regreso contra todo otro obligado.

Qué significa en la práctica

La acción cambiaria es directa contra el aceptante y sus avalistas, y de regreso contra los demás obligados.

Normas relacionadas

← Ver en Régimen de la Letra de Cambio y el Pagaré completaLeyes