Ley 5.965

Artículo 53Reembolso entre garantes

Texto oficial

El que ha reembolsado la letra de cambio puede reclamar a sus garantes: 1° – La suma íntegra desembolsada; 2° – Los intereses de esta suma, calculados al tipo indicado en el inciso 2. del artículo anterior, desde el día del desembolso; 3° – Los gastos que hubiese hecho.

Qué significa en la práctica

Quien reembolsó la letra puede reclamar a sus garantes la suma desembolsada, los intereses y los gastos.

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