Ley 8.871

Artículo 85Deber del fiscal de acusar a los no votantes

Texto oficial

El fiscal público, en su respectiva sección electoral, tendrá de acusar ante el Juez Federal á todos los ciudadanos que no hayan cumplido con el deber de votar en cada elección. Esta acusación la deducirá dentro del plazo improrrogable de quince días, después de haberse hecho el escrutinio de la elección, con pérdida de su empleo si dejare de cumplir esta .

Qué significa en la práctica

Obligaba al fiscal público a acusar ante el juez federal a los ciudadanos que no votaron, dentro de quince días del escrutinio, bajo pena de perder su empleo.

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