Ley 1382/2012

Artículo 10Recursos de la Agencia

Texto oficial

Los recursos operativos de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO serán los siguientes: 1. Las partidas presupuestarias asignadas por la Ley de Presupuesto Nacional o leyes especiales. 2. Las donaciones, aportes no reembolsables y legados que reciba y acepte. 3. Los intereses y beneficios resultantes de la gestión de sus propios fondos y/o activos. 4. Todo otro ingreso no previsto en los incisos anteriores, provenientes de la gestión del Organismo.

Qué significa en la práctica

De qué vive la AABE. Sus recursos operativos son cuatro: las partidas presupuestarias que le asigne la Ley de Presupuesto Nacional o leyes especiales; las donaciones, aportes no reembolsables y legados que reciba y acepte; los intereses y beneficios de la gestión de sus propios fondos y activos; y todo otro ingreso no previsto que provenga de su gestión. Notar lo que NO está: el producido de vender o alquilar los inmuebles que administra no es recurso suyo, porque el artículo 15 lo manda directo al Tesoro Nacional.

Normas relacionadas

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