Ley 6582/1958

Artículo 17Caducidad del embargo

Texto oficial

La inscripción de un sobre un automotor caducará a los tres (3) años de su anotación en el Registro.

Qué significa en la práctica

La inscripción de un sobre un automotor caduca a los 3 años de su anotación en el Registro.

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