Ley 6582/1958

Artículo 18Responsabilidad del Estado

Texto oficial

El Estado responde de los daños y perjuicios emergentes de las irregularidades o errores que cometan sus funcionarios en inscripciones, certificados o informes expedidos por el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor.

Qué significa en la práctica

El Estado responde por los daños y perjuicios que causen los errores o irregularidades de sus funcionarios en las inscripciones, certificados o informes del Registro.

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