Ley 15/2024

Artículo 109Artículo derogado

Texto oficial

(Artículo derogado por art. 9° de la Resolución General N° 3/2026 de la Inspección General de Justicia B.O. 13/5/2026. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. ) Cesación. Requisitos

Qué significa en la práctica

Artículo derogado por el Art. 9 de la Resolución General IGJ 3/2026 (B.O. 13/5/2026), vigente desde el día siguiente a su publicación.

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