Ley 15/2024

Artículo 355Facultades de la IGJ sobre las participaciones

Texto oficial

La INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA analizará que no se encuentre comprometido el patrimonio de la entidad, tomando en consideración la incidencia de la inversión y si la falta de recepción de dividendos esperados y el nivel de los restantes recursos de la entidad civil afectan el cumplimiento de las actividades programadas. La INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA podrá, en virtud de lo establecido en el párrafo anterior, cuando advirtiere un insuficiente cumplimiento del objeto de la entidad, solicitar la liquidación de las tenencias accionarias, pudiendo, en caso de incumplimiento, aplicarse la sanción de multa establecida en la Ley de la Inspección General de Justicia (IGJ). Garantía sobre la consistencia del patrimonio

Qué significa en la práctica

La IGJ analiza que no se comprometa el patrimonio de la entidad, tomando en consideración la incidencia de la inversión y si la falta de recepción de los dividendos esperados y el nivel de los restantes recursos de la entidad civil afectan el cumplimiento de las actividades programadas. Cuando advierta un insuficiente cumplimiento del objeto de la entidad, la IGJ puede solicitar la liquidación de las tenencias accionarias, y ante el incumplimiento aplicar la sanción de multa de la Ley de la Inspección General de Justicia (IGJ).

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