Texto oficial
Las solicitudes de informes parciales o totales sobre rúbricas otorgadas por la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, se ajustarán a lo establecido en el artículo 4 de estas Normas. La solicitud de informes de rúbricas se limitará a los últimos libros de cada tipo, cuya registración conste en la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA. En caso de requerir informe específico, deberá dejarse constancia de dicha solicitud. Archivo de trámites. Desarchivo. Fojas, obleas y libros no retirados