Artículo 850Pago de restitución sin reserva no extingue intereses y actualización
Texto oficial
La recepción de un importe por parte del Fisco en concepto de restitución de estímulos a la exportación abonados indebidamente por éste, sin formular reserva por los intereses o la actualización monetaria que pudiere corresponder, no extingue la respecto de estos conceptos.
Qué significa en la práctica
Si la aduana recibe la devolución del estímulo indebido sin hacer reserva expresa sobre los intereses, eso no significa que los condona. Análogo al Art. 800 para tributos.
Efectos prácticos
•El fisco puede reclamar los intereses incluso si recibió el capital sin hacer ninguna mención de ellos