Créase la Comisión Paritaria Nacional de Viajantes, que estará compuesta por seis representantes obreros de la categoría y seis representantes patronales del comercio y la industria. Dicha comisión será presidida por un funcionario del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y tendrá las facultades que otorgan los Art. 15 — Ley de Convenciones Colectivas.
Qué significa en la práctica
Crea una comisión paritaria nacional (6 representantes de los trabajadores y 6 de los empleadores, presidida por Trabajo) para el sector, con las facultades de la ley de convenios colectivos (14.250).