Artículo 20Derecho a controlar el peso de los frutos
Texto oficial
El contratista tiene derecho a controlar el peso de los
frutos producidos en la parcela a su cargo, sea que el empleador los
elabore, empaque, venda o deshidrate. A tales efectos, el comprador, el
empleador elaborador y la bodega o cooperativa que elabore por terceros
deberán entregar al contratista un comprobante del peso y variedad de
los frutos recibidos.
Qué significa en la práctica
El contratista tiene derecho a controlar el peso de los frutos producidos en la parcela a su cargo, sin importar si el empleador los elabora, empaca, vende o deshidrata. Para hacerlo efectivo, el comprador, el empleador elaborador y la bodega o cooperativa que elabore por terceros deben entregarle un comprobante del peso y la variedad de los frutos recibidos. Sin este control, el porcentaje sobre la producción sería incontrolable para quien lo cobra.