Ley 20.628

Artículo 192Excepción a los quebrantos

Texto oficial

Las disposiciones de los artículos 188 y 189 no serán de aplicación para los quebrantos provenientes de las enajenaciones mencionadas en el antepenúltimo párrafo del artículo 25.

Qué significa en la práctica

Los Art. 188 y 189 no se aplican a los quebrantos provenientes de ciertos casos.

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