Artículo 59Fiscalización de la Comisión Nacional de Valores
Texto oficial
La Comisión Nacional de Valores tiene a su cargo la fiscalización, supervisión y registro del Agente Depositario Central de Valores y de todas las operaciones, transacciones y relaciones de cualquier naturaleza y contará con facultades para dictar la reglamentación que fuere necesaria para complementar las disposiciones de esta ley así como las normativas aplicables a estas actividades, y a resolver casos no previstos en la presente.
(Artículo sustituido por Art. 185 — Ley de Financiamiento Productivo B.O. 11/5/2018)
Qué significa en la práctica
La Comisión Nacional de Valores fiscaliza, supervisa y registra al Agente Depositario Central.