Ley 27.440

Artículo 185Reforma del art. 59 de la Ley 20.643

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 59 — Ley de la Caja de Valores y sus modificaciones, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo 59: La Comisión Nacional de Valores tiene a su cargo la fiscalización, supervisión y registro del Agente Depositario Central de Valores y de todas las operaciones, transacciones y relaciones de cualquier naturaleza y contará con facultades para dictar la reglamentación que fuere necesaria para complementar las disposiciones de esta ley así como las normativas aplicables a estas actividades, y a resolver casos no previstos en la presente.

Qué significa en la práctica

Sustituye el Art. 59 de la Ley de Nominatividad de Títulos.

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