Ley 24.007

Artículo 4Incorporaci├│n al C├│digo Electoral Nacional y aplicaci├│n supletoria

Texto oficial

Esta ley queda incorporada al Código Electoral Nacional que será de aplicación supletoria en todo lo no previsto en ella.

Qué significa en la práctica

Integra esta ley al C├│digo Electoral Nacional y hace que el C├│digo se aplique de manera supletoria en todo lo que ella no prev├®. Es una t├®cnica de econom├¡a normativa: electoral, delitos y faltas electorales, reglas de escrutinio y procedimientos no se repiten ac├í, se toman del C├│digo. Tambi├®n explica por qu├® las reformas del C├│digo ÔÇöcomo la ampliaci├│n del voto a los 16 a├▒osÔÇö se reflejan en el voto del exterior sin necesidad de modificar esta ley.

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