Ley 24.014

Artículo 2Partida extraordinaria para las urgencias inmediatas

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional destinará al Gobierno de la Provincia de Santa Cruz una partida extraordinaria afectada exclusivamente a resolver las urgencias inmediatas ocasionadas por la catástrofe en las localidades que se mencionan en el Artículo 1° y que asciende a la suma de 50.000.000.000 de Australes, o su equivalente en dólares americanos al 31 de octubre de 1991.

Qué significa en la práctica

Obliga al Poder Ejecutivo nacional a girar al gobierno de Santa Cruz una partida extraordinaria de 50.000 millones de australes ÔÇöo su equivalente en d├│lares al 31 de octubre de 1991, previsi├│n razonable en un contexto de inflaci├│n recienteÔÇö afectada exclusivamente a resolver las urgencias inmediatas en las localidades del art├¡culo 1. La afectaci├│n exclusiva es lo que impide usar el dinero para otros fines del presupuesto provincial. A la paridad de 10.000 australes por peso fijada por el Decreto 2128/91, el monto equival├¡a a unos 5 millones de pesos o d├│lares.

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