Ley 24.014

Artículo 3Distribuci├│n de los fondos entre municipios y comisiones de fomento

Texto oficial

Los fondos consignados en el artículo anterior, serán distribuidos en los Municipios mencionados en el Artículo 1° y en las Comisiones de Fomento pertenecientes a las localidades respectivas.

Qué significa en la práctica

Los fondos del artículo anterior no quedan en la administración central provincial: se distribuyen entre los municipios de las localidades mencionadas en el artículo 1 y las comisiones de fomento de esas mismas localidades. Es una decisión de descentralización de la ayuda hacia el nivel de gobierno que está en contacto directo con los damnificados.

Normas relacionadas

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