Ley 24.025
Una familia que compró su lote en Alto Verde en 1983 al amparo del Decreto Municipal 3178 y solo tiene el boleto y los recibos municipales puede, a partir de esta ley, pedir al municipio que le otorgue la escritura: el municipio ya es dueño del suelo y la ley le fija precisamente ese destino a la donación. Lo que la ley habilita es el saneamiento del título; el trámite concreto se hace ante el municipio y se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble.