Artículo 11Continuidad en la Caja Complementaria docente
Texto oficial
El personal docente transferido continuará en la Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente; el gobierno de la jurisdicción receptora actuará como agente de retención de los aportes.
Qué significa en la práctica
El docente transferido sigue en la Caja Complementaria de Previsi├│n para la Actividad Docente, el r├®gimen que complementa el haber jubilatorio del sector. El gobierno de la jurisdicci├│n receptora act├║a como agente de retenci├│n de los aportes correspondientes, de modo que el cambio de empleador no interrumpe el beneficio.