Ley 24.049

Artículo 4Sucesi├│n a t├¡tulo universal, sin otro cargo

Texto oficial

Las transferencias que se convengan se efectuarán sin otro cargo que los que establece la presente ley, e importarán la sucesión a título universal de los derechos y obligaciones.

Qué significa en la práctica

Define la naturaleza jurídica del traspaso. La transferencia importa la sucesión a título universal de los derechos y obligaciones: la provincia entra en la posición jurídica de la Nación respecto de esos servicios, con todo lo que eso arrastra. Y se hace sin ningún otro cargo que los que la propia ley establece, de modo que la Nación no podía imponer condiciones adicionales por fuera del texto legal.

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