Ley 24.049
Un vecino donó en 1960 el terreno de una escuela con el cargo de que se destinara a educación primaria y con cláusula de reversión si cambiaba el destino. Al transferirse el edificio, la provincia queda obligada a mantener ese destino y a respetar el derecho de los herederos del donante: no puede convertirlo en una oficina administrativa sin activar el cargo.