Los fondos comunes de inversión deberán dar cumplimiento al régimen informativo que determine la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores.
(Artículo sustituido por Art. 129 — Ley de Financiamiento Productivo B.O. 11/5/2018)
Qué significa en la práctica
Los fondos deben cumplir el régimen informativo que determine la Comisión Nacional de Valores.