La difusión de información dispuesta en el artículo debe realizarse en los términos de la presente ley, de la Ley de Mercado de Capitales y sus modificaciones y de la reglamentación de la Comisión Nacional de Valores.
(Artículo sustituido por Art. 130 — Ley de Financiamiento Productivo B.O. 11/5/2018)
Qué significa en la práctica
La difusión de información debe ajustarse a esta ley, a la Ley de Mercado de Capitales 26.831 y a la reglamentación.