Artículo 7Clasificaci├│n de los puertos: titularidad, uso y destino
Texto oficial
Los puertos se clasificarán en:
1) Seg├║n la titularidad del inmueble:
Nacionales
Provinciales
Municipales
De los particulares
2) Seg├║n su uso:
Uso p├║blico
Uso privado
Son considerados puertos de uso público: aquellos que, por su ubicación y características de la operatoria deban prestar obligatoriamente el servicio a todo usuario que lo requiera.
Son considerados puertos de uso privado Aquellos que, ofrezcan y presten servicios a buques, armadores, cargadores y recibidores de mercaderías, en forma restringida a las propias necesidades de sus titulares o las de terceros vinculados contractualmente con ellos. Dicha actividad se desarrollará dentro del sistema de libre , tanto en materia de precios como de admisión de usuarios.
3) Seg├║n su destino, e independientemente de la titularidad del del inmueble y de su uso:
Comerciales
Industriales
Recreativos en general
Se consideran puertos comerciales, aquellos cuyos destinos es la prestaci├│n de servicios a buques y cargas, cobrando un precio por tales servicios.
Son considerados puertos industriales, aquellos en los que se opere exclusivamente con las cargas especificas de un proceso industrial, extractivo o de captura debiendo existir una integraci├│n operativa entre la actividad principal de la industria y el puerto.
Son considerados puertos recreativos en general, los deportivos, científicos o turísticos locales.
Qué significa en la práctica
El artículo que ordena conceptualmente todo el sistema portuario, con tres clasificaciones que se aplican al mismo tiempo. Por titularidad del inmueble: nacionales, provinciales, municipales o de particulares. Por uso: público o privado, y acá está la distinción de mayor consecuencia práctica: los de uso público, por su ubicación y características, deben prestar obligatoriamente el servicio a todo usuario que lo requiera, mientras los de uso privado sirven a las necesidades de sus titulares o de terceros contractualmente vinculados y actúan en libre tanto en precios como en admisión de usuarios. Por destino: comerciales (prestan servicios a buques y cargas cobrando un precio), industriales (operan exclusivamente con las cargas específicas de un proceso industrial, extractivo o de captura, con integración operativa entre la industria y el puerto) y recreativos en general (deportivos, científicos o turísticos locales). Un mismo puerto se ubica en las tres grillas a la vez: puede ser provincial, de uso público y comercial.
Ejemplo práctico
Un exportador necesita embarcar en el puerto de una localidad donde ese es el ├║nico acceso navegable. Si el puerto est├í clasificado como de uso p├║blico, no puede negarle el servicio: por su ubicaci├│n y las caracter├¡sticas de la operatoria est├í obligado a prestarlo a todo usuario que lo requiera. Si en cambio se trata de un puerto de uso privado de una industria, puede negarse, porque s├│lo atiende a su titular y a quienes tengan v├¡nculo contractual con ├®l, y act├║a en libre competencia en precios y admisi├│n de usuarios.