Ley 24.121

Artículo 19Causas en tr├ímite en el fuero federal del interior

Texto oficial

Las causas en trámite ante los juzgados federales y cámaras federales de apelaciones a que se refieren los artículos 14 y 15 serán sustanciadas conforme lo indica el artículo 12 de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Extiende a las causas en trámite ante los juzgados y cámaras federales del interior la regla de transición del artículo 12: siguen con el procedimiento escrito salvo opción del por el nuevo, unánime si son varios y antes de contestar el traslado de la acusación. La remisión evita repetir el texto y asegura que la regla sea la misma en todo el país.

Ejemplo práctico

Un procesado en un juzgado federal de Corrientes tenía el mismo derecho de opción entre el juicio escrito y el oral que un procesado en la Capital Federal: la ley remite a la misma regla para todo el país.

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