Ley 24.121

Artículo 28Fiscal├¡as ante los juzgados de instrucci├│n: reasignaci├│n y creaci├│n

Texto oficial

Las fiscal├¡as ante los actuales juzgados nacionales de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal n├║meros 1 al 26, actuar├ín ante los juzgados nacionales en lo criminal de instrucci├│n. Cr├®anse a esos mismos efectos veintitr├®s (23) fiscal├¡as que se identificar├ín con los n├║meros 27 al 49.

Qué significa en la práctica

Reasigna las veintis├®is fiscal├¡as que actuaban ante los juzgados criminales y correccionales de la Capital Federal para que act├║en ante los juzgados de instrucci├│n, y crea veintitr├®s nuevas numeradas 27 a 49, de modo que haya una fiscal├¡a por juzgado. La cuenta cierra en cuarenta y nueve y es el dato m├ís elocuente sobre el cambio de sistema: el Ministerio P├║blico casi duplica su presencia en la etapa de investigaci├│n.

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