Ley 24.121

Artículo 39Defensor├¡as ante los tribunales orales en lo criminal

Texto oficial

Cr├®anse diez (10) defensor├¡as de pobres, incapaces y ausentes ante los tribunales orales en lo Criminal de la Capital Federal.

Qué significa en la práctica

Diez defensorías oficiales para treinta tribunales orales, es decir una cada tres. La proporción es un dato relevante y a la vez la muestra de una asimetría del diseño: mientras la ley crea una fiscalía por tribunal, crea un defensor cada tres. La defensa pública nació estructuralmente más chica que la acusación.

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