Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Ingresar
Crear cuenta
Inicio
/
Leyes
/
Ley de implementaci├│n del juicio oral penal
/
Art. 69
Ley 24.121
Artículo 69
Defensorías ante los tribunales orales en lo penal económico
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Guardar
Texto oficial
Cr├®anse dos (2) defensor├¡as que actuar├ín ante los tribunales orales en lo penal econ├│mico de la Capital Federal.
Qué significa en la práctica
Dos defensorías para los cuatro tribunales orales del
fuero
, es decir una cada dos.
← Artículo anterior
Art. 68 — Fiscal├¡as ante los tribunales orales en lo penal econ├│mico
Artículo siguiente →
Art. 70 — Causas en tr├ímite en el fuero penal econ├│mico
Normas relacionadas
Complementa a
Ley de Autarquía Judicial
→
Relacionada con
Ley 23.984 (C├│digo Procesal Penal de la Naci├│n)
→
Relacionada con
Ley 26.371
→
Relacionada con
C├│digo Procesal Penal Federal
→
Modifica a
Ley de Competencia Penal del Poder Judicial de la Naci├│n
→
Complementa a
Nuevos juzgados de ejecuci├│n penal en Capital Federal (2005)
→
← Ver en Ley de implementaci├│n del juicio oral penal completa
Leyes →