Ley 24.121

Artículo 93Distribuci├│n del personal existente del Poder Judicial

Texto oficial

La Corte Suprema de Justicia de la Nación distribuirá al personal actualmente existente en el Poder Judicial de la Nación de modo que permita la instalación de todos los órganos creados por la presente ley.

Qué significa en la práctica

Le encomienda a la Corte Suprema distribuir el personal ya existente en el Poder Judicial de modo que permita instalar todos los órganos creados. Es la última pieza de la lógica que atraviesa la ley: la reforma se hizo en gran medida reasignando estructura y personal antes que creándolos, y este artículo lo dice sin rodeos.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de implementaci├│n del juicio oral penal completaLeyes