Ley 24.129

Artículo 3Reglamentaci├│n a cargo del Ministerio de Cultura y Educaci├│n

Texto oficial

La confirmación que se establece en la presente ley deberá realizarse conforme con las reglamentaciones que a ese efecto dicte el Ministerio de Cultura y Educación.

Qué significa en la práctica

Remite al Ministerio de Cultura y Educaci├│n la instrumentaci├│n concreta: c├│mo se acredita la antig├╝edad, c├│mo se prueba el desempe├▒o efectivo al 15 de junio de 1992, en qu├® orden se resuelven los casos cuando hay m├ís de un interino sobre el mismo cargo, qu├® pasa con el docente que estaba de licencia ese d├¡a. La ley fija el derecho y los requisitos; el procedimiento lo pone la reglamentaci├│n. Es un art├¡culo breve, pero en la pr├íctica es el que determin├│ cu├ínto tard├│ cada docente en ver la titularizaci├│n en su recibo.

Efectos prácticos

  • El procedimiento concreto de la confirmaci├│n ÔÇöc├│mo se acredita la antig├╝edad y el desempe├▒o efectivo, en qu├® orden se resuelven los casosÔÇö queda en manos de la reglamentaci├│n ministerial.

Normas relacionadas

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