Ley 24.129

Artículo 6Suspensi├│n del derecho para docentes bajo sumario o proceso judicial

Texto oficial

Los docentes que se encontrasen bajo sumario o proceso judicial mantendrán en suspenso su derecho a ser titularizados hasta tanto se produzca resolución ministerial o judicial firme.

Qué significa en la práctica

Pone en suspenso ÔÇöno cancelaÔÇö el derecho a titularizar del docente que est├® bajo sumario administrativo o proceso judicial, hasta que haya resoluci├│n ministerial o firme. Es una soluci├│n equilibrada. No lo excluye, porque eso equivaldr├¡a a una sanci├│n anticipada sobre alguien que todav├¡a no fue encontrado responsable, y contradir├¡a la presunci├│n de inocencia. Pero tampoco lo titulariza mientras la investigaci├│n est├í abierta, para no dar estabilidad a quien podr├¡a terminar exonerado. Si la resoluci├│n o la lo favorecen, el derecho revive; y por eso el momento que cuenta para los requisitos es el 15 de junio de 1992, no la fecha en que se resuelve el caso.

Ejemplo práctico

Un docente tenía un sumario administrativo abierto en 1992: no se lo excluye ni se lo titulariza. Su derecho queda en suspenso hasta la resolución ministerial, y si le es favorable la titularización procede, medida con los requisitos cumplidos al 15 de junio de 1992.

Efectos prácticos

  • El docente bajo sumario o proceso judicial no pierde el derecho a titularizar: queda en suspenso.
  • El derecho revive con la resoluci├│n ministerial o la sentencia firme favorable.

Normas relacionadas

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