Ley 24.130
Un jubilado con sentencia de reajuste por diferencias devengadas en 1992: antes de esta ley esas diferencias no estaban consolidadas y deb├¡an pagarse en efectivo. Despu├®s quedaron alcanzadas por la Ley 23.982 y se cancelaron con Bonos de Consolidaci├│n Previsional a diecis├®is a├▒os, con la opci├│n de esperar el pago en efectivo seg├║n las partidas que cada presupuesto anual asignaba.