Ley 24.133

Artículo 9Adhesi├│n al sistema de informaci├│n financiera y validez de los convenios ya firmados

Texto oficial

Los acuerdos que se suscriban en el marco de esta ley, podr├ín incluir entre sus estipulaciones la adhesi├│n de las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a las normas, criterios y metodolog├¡as del sistema de informaci├│n financiera que establezca el Poder Ejecutivo Nacional para todo el Sector P├║blico Argentino y ser├í utilizado, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la ley, como fuente b├ísica de informaci├│n para la determinaci├│n de los cr├®ditos y d├®bitos entre las partes referidas. Los convenios celebrados en los t├®rminos del art├¡culo 1┬░ de la presente ley, con anterioridad a su vigencia, tendr├ín el car├ícter y efectos de los Acuerdos contemplados en el art├¡culo 3┬░, en la medida en que se verifiquen los requisitos aqu├¡ previstos.

Qué significa en la práctica

Tiene dos partes distintas. La primera permite que los acuerdos incluyan la adhesi├│n de la provincia o de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a las normas, criterios y metodolog├¡as del sistema de informaci├│n financiera que el Poder Ejecutivo establezca para todo el Sector P├║blico Argentino, y dispone que ese sistema sea desde la entrada en vigencia de la ley la fuente b├ísica para determinar los cr├®ditos y d├®bitos entre las partes. Detr├ís de esa frase t├®cnica est├í el aprendizaje de toda la operaci├│n: el saneamiento fue dif├¡cil porque cada jurisdicci├│n llevaba sus cuentas a su manera y los n├║meros no coincid├¡an. Adherir a un sistema com├║n es lo que evita que el problema vuelva a acumularse. Ese sistema se institucionaliz├│ pocas semanas despu├®s, con la Administración Financiera de Administraci├│n Financiera, sancionada el 30 de septiembre de 1992. La segunda parte convalida hacia atr├ís: los convenios de saneamiento que se hab├¡an firmado antes de esta ley valen como si fueran acuerdos del art├¡culo 3┬░, siempre que cumplan sus requisitos, entre ellos la renuncia rec├¡proca.

Efectos prácticos

  • Los acuerdos pueden incluir la adhesi├│n de la provincia o de la Municipalidad al sistema de informaci├│n financiera que el Ejecutivo establezca para todo el sector p├║blico.
  • Ese sistema pasa a ser la fuente b├ísica para determinar cr├®ditos y d├®bitos entre las partes.
  • Los convenios de saneamiento firmados antes de la ley valen como acuerdos del art├¡culo 3┬░ si cumplen sus requisitos, incluida la renuncia rec├¡proca.

Normas relacionadas

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