Artículo 12Ejecuci├│n de los pr├®stamos con m├ís de cinco cuotas en mora y plazo de 180 d├¡as para regularizar
Texto oficial
El Banco Hipotecario Nacional adoptar├í las medidas necesarias para reducir el nivel de de su cartera hipotecaria. A tal fin deber├í encarar, a trav├®s de los medios que le brinda su carta org├ínica, la ejecuci├│n de todo pr├®stamo que registre m├ís de cinco (5) servicios en , salvo casos de excepciones particulares o generales que se excluyan por resoluci├│n debidamente fundada, en atenci├│n a serias situaciones de emergencia econ├│mica que afecten a los prestatarios.
Los deudores de la entidad contarán con un plazo de ciento ochenta (180) días a partir de concretado el recálculo de los servicios de reembolso a que se refiere el artículo anterior para la puesta al día de servicios atrasados y/o suscripción de convenios de refinanciación, en los que será condición para su otorgamiento estar al día en los pagos de los servicios posteriores a la notificación del recálculo.
Qué significa en la práctica
La cara dura de la ley. El banco queda obligado a reducir la y, en concreto, a ejecutar todo pr├®stamo con m├ís de cinco servicios impagos, con una ├║nica puerta de salida: excepciones particulares o generales dispuestas por resoluci├│n fundada atendiendo a serias situaciones de emergencia econ├│mica del prestatario. Pero el segundo p├írrafo le da al deudor una oportunidad concreta y con fecha: 180 d├¡as desde que se concret├│ el rec├ílculo de su cuota para ponerse al d├¡a o firmar un convenio de refinanciaci├│n. La condici├│n para acceder al convenio es estar al d├¡a con las cuotas posteriores a la notificaci├│n del rec├ílculo. En la pr├íctica, el orden importaba: primero el rec├ílculo con la quita, despu├®s el plazo para regularizar sobre la deuda ya reducida.
Ejemplo práctico
Deudor con ocho cuotas impagas. El banco debe ejecutar, pero primero recalcula su deuda con la quita: desde que se le notifica el recálculo tiene 180 días para ponerse al día o firmar una refinanciación, y para acceder al convenio le alcanza con estar al día con las cuotas nuevas, no con todo el atraso histórico.